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Régimen para Autopartes: fijan requisitos de inversión para empresas beneficiarias

En el marco del programa que busca impulsar el desarrollo del sector autopartista en Argentina, como proveedor de la industria automotriz, se fijan los requisitos para empresa beneficiarias.

En el marco del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, que busca promover las inversiones en el sector automotriz, a través de incentivos fiscales aplicables sobre las inversiones comprometidas, el Gobierno estableció los montos mínimos de desembolsos que deberán alcanzar los proyectos a los efectos de acceder a los beneficios mencionados (fijados en la Ley 27.686).

Los mismos parten de los u$s750.000 para micro y pequeñas empresas, monto que se ajusta a u$s400.000 en ese segmento para las que hayan exportado por u$s150.000 en el último año y llegan hasta los u$s50 millones para el caso de plataformas nuevas. En tanto, que para las ya existentes, el máximo exigido es de u$s5 millones.

Así lo establece la Reoslución 278/2023, de la Secretaría de Producción, publicada este lunes en el Boletín Oficial, a través de la cual se reglamenta la implementación del Régimen de Promoción de la Industria Automotriz-Autopartista y su Cadena de Valor. Cabe recordar que el régimen en cuestión otorga un bono electrónico de crédito fiscal sobre el valor de las autopartes, matrices y moldes nacionales que sean adquiridos por empresas fabricantes de automóviles, utilitarios, comerciales livianos, camiones, chasis con y sin cabina, ómnibus, remolques y semirremolques, maquinaria agrícola y vial autopropulsada, motores, cajas de transmisión y otros sistemas de autopartes, conjuntos y subconjuntos, entre otros beneficios.

Autopartes argentinas: cómo es la aplicación del régimen

“Las inversiones en pesos se valuarán en dólares estadounidenses tomando el valor del comprobante a la cotización de cierre del dólar billete para la venta del Banco Nación del día de emisión del comprobante. En el caso de los bienes importados, se considerará el valor en dólares estadounidenses en el puerto local (CIF)”, aclara la norma.

Asimismo, se dispone que las empresas solicitantes del beneficio deberán estar inscriptas en el Registro Único de la Matriz Productiva (RUMP) y cumplir con todos los procesos contemplados en la norma para la solicitud.

El análisis de la propuesta tendrá en cuenta el monto de la inversión mínima que deberá comprometerse, la escala de producción, el impacto sobre el empleo explicitando la creación de nuevos puestos de trabajo, la competitividad de la cadena de valor automotriz-autopartista, la generación de valor agregado, la incorporación de nuevas tecnologías y la capacidad exportadora, entre otros puntos.

FUENTE: Ámbito Financiero

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