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El Presidente recibe al abuelo de Lucio Dupuy en Casa Rosada

En el marco de la implementación de la Ley Lucio, Ramón Dupuy se reúne con Alberto Fernández. Será el inicio del primer curso del Plan Federal de Capacitación en Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Crecer con Derechos.

Alberto Fernández dará inicio al primero curso del Plan Federal de Capacitación en Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes Crecer con Derechos, creado a partir de la Ley 27.709, también conocida como la Ley Lucio. En ese marco, se reunirá con Ramón Dupuy, abuelo de Lucio Dupuy, el niño asesinado y abusado por su madre y su pareja en noviembre de 2021.

El encuentro entre el Presidente y Dupuy se llevará a cabo desde las 10:30 en la Casa Rosada y contará también con la presencia de la ministra de Desarrollo Social, Victoria Tolosa Paz, se informó oficialmente.

Durante la última semana, Magdalena Espósito Valenti y su pareja, Abigail Páez, fueron separadas del pabellón que compartían en la cárcel el viernes tras un pedido del abogado de la familia del menor e iniciaron una huelga de hambre. Además, se solicitó que amplíen su indagatoria por odio de género.

La norma fue propuesta y debatida en el Congreso tras comprobarse que Lucio Dupuy había sufrido hechos de violencia previos a su asesinato que no habían sido detectados o denunciados por las instituciones y los profesionales que lo atendieron en ocasiones anteriores a su muerte, ocurrida en 2021.

La condena a las asesinas de Lucio Dupuy

El 17 de febrero, el Tribunal de Audiencia de Santa Rosa, integrado por los jueces Alejandra Ongaro, Andrés Olié y Daniel Sáez Zamora, condenaron a prisión perpetua a Magdalena Espósito Valenti y su pareja Abigail Páez por el asesinato de Lucio Dupuy.

Espósito Valenti, la madre del pequeño, fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado por el vínculo, alevosía y ensañamiento.

A su vez, Páez fue declarada autora material y penalmente responsable del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y ensañamiento; en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal por vía anal, ejecutado con un objeto fálico, agravado por tratarse de la guardadora y por haberse cometido contra un menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente, como delito continuado.

FUENTE: C5N

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