Catalán fue condenado por los delitos de privación ilegítima de la libertad, torturas, homicidio y asociación ilícita perpetrados en la última dictadura militar.
Roberto Catalán fue nombrado por Jorge Rafael Videla como Juez Federal de La Rioja en 1976, durante la dictadura cívico militar. Llevó adelante causas contra personas que habían sido secuestradas por las fuerzas represivas y alojadas en Centros Clandestinos. Les tomó declaraciones indagatorias mientras estaban esposadas, vendadas y luego de haber sido torturadas. Evitó investigar las denuncias que las propias víctimas le hacían durante los interrogatorios e incluso permitió a las fuerzas de seguridad participar de la investigación de los crímenes que habían cometido. De esta manera, garantizó la impunidad del terrorismo de Estado en la provincia.
Murió en libertad
La Justicia Federal lo condenó a sólo 12 años, y además lo benefició con la prisión domiciliaria. Nunca tuvo custodia policial, ni seguimiento para corroborar su cumplimiento. Fueron varios los escraches que le realizaron porque se lo veía en la calle violando la prisión domiciliaria con total impunidad. Incluso la fiscal federal Virginia Carmona solicitó la revocatoria del beneficio domiciliario en 2019 a raíz de los reclamos sociales. Y así este domingo 6 de agosto de 2023 falleció en la vía pública. En la siesta riojana un llamado al 911 indicó que un masculino mayor de edad estaba tendido en pasaje Carreño, pleno centro de la ciudad de La Rioja, y al llegar personal policial al lugar se dio participación a emergencias médicas, quienes corroboran que el mismo estaba sin vida.
Condenado por crímenes de Lesa Humanidad
En la Mega Causa Menéndez hubo 65 imputados y Catalán fue uno de los 18 que llegaron a juicio. En 2016, Catalán recibió la pena de 12 años de prisión por encubrimiento de secuestros, tormentos, homicidio y por asociación ilícita. En 2019 se lo condenó a una pena de 4 años por la causa Milani.
Con anterioridad, y en el marco de otras causas, en el 2013 el juez Daniel Herrera Piedrabuena había concedido el beneficio de prisión domiciliaria a Catalán, pese a que los informes médicos habilitaban la prisión en un penal, y que en un incidente previo que llegó hasta la Corte, se había rechazado la domiciliaria.
Su abogado, Juan Carlos Pagotto, actual candidato a senador del partido de Milei, intentó llegar hasta la Corte Suprema para recusar la sentencia pero en 2021 los jueces Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci declararon “inadmisible” el recurso presentado y así la Cámara Federal de Casación Penal ratificó la condena del ex juez.
Un nuevo veredicto que nunca llegó
El fiscal general Rafael Vehils Ruiz y el fiscal ad hoc Patricio Rovira requirieron que se condene a prisión perpetua al ex juez federal por crímenes de lesa humanidad sosteniendo que los elementos recabados en el juicio argumentaban que estaba probado que “también tomó declaración a detenidos vendados, esposados y vigilados por guardias del IRS que portaban armas”, y que en oportunidades delegó en gendarmes o militares que participaban de los secuestros y las torturas la toma de declaración indagatoria a los imputados por la violación de la “ley antisubversiva”. Rmarcaron que “la única prueba de cargo que tuvo el juez Catalán para condenar a las personas en las causas por la violación a la ley 20840 fueron las declaraciones indagatorias tomadas bajo tortura”.
Otra de sus contribuciones al plan criminal, narraron, fue “aconsejar a los familiares de los desaparecidos que no presenten los hábeas corpus que llevaban ante el juzgado a su cargo”, y llegó incluso “al punto de impedir directamente su interposición”, a la vez que “fingía ignorancia” sobre el paradero de las víctimas. En tanto en las causas iniciadas por los delitos cometidos contra los presos políticos “se observó una frecuente desatención y desinterés en llevar a cabo cualquier diligencia o medida probatoria que fuera de utilidad para satisfacer el objeto del expediente”, indicaron los representantes del Ministerio Público Fiscal.
La Fiscalía consideró a Catalán autor material en la privación ilegal de la libertad con apremios, vejaciones y torturas agravadas en perjuicio de una víctima, y partícipe necesario en la violación de domicilio, la privación ilegítima de la libertad contra diez personas, homicidio calificado en un caso, y lo acusó también por asociación ilícita en calidad de organizador. Por ello, tras la condena de 2016, la fiscalía y las querellas, entre las que está la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, apelaron ante la Cámara Federal de Casación Penal, por considerar que su participación fue mayor a la del encubrimiento y que debía ser condenado como autor y partícipe necesario de esos hechos. En septiembre de 2020, la Sala II de Casación hizo lugar al pedido de las partes acusadoras y ordenó que se dicte un nuevo veredicto en relación al exmagistrado. El debate de revisión se iba a realizar en 2022 pero se pospuso sin fecha.
Fuente: Página 12