La comisión de Presupuesto y Hacienda iniciará con el denominado “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado” que fue presentado en junio 2023.
La Cámara de Diputados comenzará a tratar el nuevo proyecto de blanqueo de capitales mediante la comisión de Presupuesto y Hacienda que es denominado “Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado” que fue presentado en junio 2023.
Desde las 12, el grupo de trabajo presidido por Carlos Heller del Frente de Todos recibirá a Claudia Fabiana Balestrini, subsecretaria de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía; a Carlos Daniel Castagneto, de la Administración Federal de Ingresos Públicos y a Guillermo Michel, director General de Aduanas.
El proyecto estipula un blanqueo que comprendería a personas humanas, sucesiones indivisas y empresas con bienes y activos financieros no declarados ante el fisco, que contará con una alícuota de 5% para quienes se registren en los primeros 120 días desde la entrada en vigencia de la iniciativa.
La iniciativa establece que se podrá exteriorizar la tendencia de moneda nacional y/o extranjera en el país o en el exterior. En el proyecto se destaca que “las tenencias de bienes que se exterioricen pagarán un impuesto especial con alícuota creciente en el tiempo”.
El proyecto inició el 5 de junio, fue girado a la comisión de Finanzas que preside la oficialista Alicia Aparicio. La iniciativa surge luego del acuerdo firmado entre Argentina y Estados Unidos que establece el intercambio de información tributaria para acceder a información cruzada.
De prosperar, entrará en vigencia a los 15 días de su publicación en el Boletín Oficial y contará con una alícuota especial la exteriorización voluntaria de los bienes no registrados que tengan en el país y en el exterior.
Cómo será el blanqueo de capitales que se tratará en Diputados:
De acuerdo con el proyecto, las alícuotas aplicables serán del 5% desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos de la puesta en marcha del blanqueo; 10% para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días; y 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del segundo plazo y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.
En el caso de aquellos bienes detectados en el exterior y no declarados pagarán una tasa del 7,5 ciento en los primeros 120 días de sancionada la ley; 12,5% desde el vencimiento del primer y hasta 120 días más; y 22,5% en el caso de ingresar en el último tramo habilitado para tal fin.
Se establecerá un régimen simplificado con una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera, y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos tres períodos fiscales y con un tope de hasta US$ 50 mil.
El proyecto prevé que quedarán excluidos únicamente del Régimen Simplificado los contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario.
FUENTE: C5N