Lo informó el Gobierno Provincial a través de las redes. “Entra en vigencia la Ley 10.725. Si cumplimos con las normas vigentes, cuidamos nuestra seguridad y la de todos”, indicaron.

La Ley 10.725 establece que se prohíbe el expendio de combustible y sus aditivos en las estaciones de servicio a vehículo automotor o motocicleta sin distinción de cilindrada que no cuente con su chapa patente reglamentaria.
También a motocicletas sin distinción de cilindrada sin casco protector por parte del conductor y su acompañante.
Las estaciones de servicios deberán exhibir carteles y en caso de no cumplir con la norma recibirán una sanción de 500 litros de nafta súper.
El Ministerio de Trabajo, Empleo e Industria será la entidad facultada para realizar los controles y correspondientes multas.
Además, lo recaudado irá destinado a políticas públicas preventivas de seguridad vial.
⛽️Mañana entra en vigencia la Ley 10.725.
— Gobierno de La Rioja (@GobDeLaRioja) July 17, 2024
🚗🛵Prohíbe la venta de combustible a vehículos que no exhiban correctamente su chapa patente y a quienes no usen el casco protector.
🟢 Si cumplimos con las normas vigentes, cuidamos nuestra seguridad y la de todos.#BajaUnCambio pic.twitter.com/tRmr7D1u0S