Salieron a la luz los nombres de quienes deberán presentarse ante la Justicia por promover actividades ilegales. Los detalles en la nota.
Esta semana, 16 famosos resultaron imputados por promover sitios de apuestas no autorizados, en medio de una creciente polémica sobre las apuestas ilegales. Esta situación se desató tras la acusación pública del fiscal Juan Rosas, de la Fiscalía especializada en delitos de juego clandestino.
La lista de los famosos que deberán presentarse ante la Justicia fue revelada en el programa Poco Correctos que sale al aire de El Trece. En este sentido, Ale Maglietti contó: “Empieza con una investigación de la fiscalía contra el juego ilegal. No están prohibidos los casinos online”.
La abogada sumó: “El fiscal considera que sin la participación de los famosos no se habría alcanzado esta magnitud de popularidad y concurrencia en este casino”, destacando así el papel crucial que estas figuras desempeñaron en la difusión de las plataformas ilegales.
A su vez, aclararon que, en términos generales, los sitios con URLs que terminan en “.bet” suelen ser legales. No obstante, los implicados en esta causa promovían plataformas no reguladas, que permitían incluso el acceso de menores de edad. Esto ha llevado a graves consecuencias, como el endeudamiento de familias cuyos hijos adolescentes apostaban sin control.
La investigación deja en evidencia la grave influencia que las figuras públicas ejercen sobre sus seguidores, especialmente al promover actividades ilegales. Florencia Peña es una de las celebridades señaladas y ya ha sido indagada.
También deberán presentarse en la fiscalía ubicada en Paseo Colón 1333. Elián “L-Gante” Valenzuela, Trianela Campolieto (piloto de Aerolíneas Argentinas), Juliana “Furia” Scaglione, Flor Vigna, Morena Rial, Romina Uhrig, Williams López, Agostina Spinelli, Federico Farías (Manzana), Emmanuel Vich, Camila Lattanzio, Mathías Vasile, Marito Laurens, Joaquín López y Alma Berezowski.
Según fuentes judiciales, todos ellos han sido acusados por presunta violación del artículo 301 bis del Código Penal, que sanciona a quienes “exploten, administren, operen u organicen, ya sea por sí o a través de terceros, cualquier modalidad o sistema de captación de juegos de azar sin la autorización correspondiente de la autoridad jurisdiccional competente”.