Las sanciones por bullying van desde trabajo comunitario hasta multas de $1.260.000. La ley establece una instancia previa antes de la intervención judicial.

De ahora en más, los padres serán corresponsables del bullying que realicen sus hijos a otros estudiantes dentro del ámbito escolar tanto público como privado. Diputados aprobó este miércoles por unanimidad el proyecto que ya tenía media sanción del Senado.
La iniciativa fue ideada por el Ministerio de Educación y la Dirección General de Escuelas (DGE), ambos a cargo de Tadeo García Zalazar, y había sido presentada en octubre pasado.
“Buscamos la protección de los niños, niñas y adolescentes, pero también sancionar a los adultos responsables que no colaboren en situaciones de bullying”, contó la diputada radical Claudia Salas, de la comisión de Cultura y Educación, en diálogo con la prensa.
La legisladora explicó que de acuerdo a cada caso en particular, la sanción puede ir desde tareas comunitarias de hasta 50 días, o pecuniarias, que van desde los $600.000 y los $1.260.000.
¿Qué dice la nueva norma que sanciona a padres de hijos que realicen bullying?
La nueva normativa establece la incorporación de cuatro artículos al Código de Contravenciones de Mendoza los artículos 100 bis, 100 ter y 100 quater, que quedaron redactados de la siguiente manera:
Art. 100 bis- Responsabilidad parental por acoso escolar (bullying)- Si el padre, madre, tutor, guardador o responsable legal de un niño, niña o adolescente, una vez notificado por las autoridades escolares o de protección de la infancia de la conducta de acoso escolar o bullying cometida por la persona menor de edad a su cargo, incumpliere el deber de orientación, diálogo, vigilancia o cuidado, o no adoptare las medidas necesarias para evitar la reiteración o reparar el daño, será sancionado con multa que van desde los $600.000 y los $1.260.000 o con tareas educativas o comunitarias de hasta 30 días, según la gravedad del caso, conforme a las pautas establecidas en el Art. 9º de este Código.
El producido de las multas que se apliquen, se destinarán al Fondo Provincial establecido por Ley N° 9545, cuyo objeto será la prevención y asistencia de víctimas de acoso escolar en el ámbito de la Dirección General de Escuelas, como así también a Bibliotecas Populares.
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