Eduardo Casal consideró que el máximo tribunal debe intervenir en la causa en la que la expresidenta reclama la reanudación del pago suspendido por su condena en la causa Vialidad.

El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, emitió un dictamen donde consideró que la Corte Suprema de Justicia debe intervenir en la causa donde Cristina Kirchner busca que se le restituya la pensión como viuda de Néstor Kirchner, dada de baja por su condena en la causa Vialidad.
El dictamen, al que tuvo acceso TN, planteó que la Cámara Federal de la Seguridad Social, que ordenó en febrero a la ANSES restituirle la pensión a CFK, desconoce los efectos de la condena firme por corrupción en la causa Vialidad, que incluye la inhabilitación absoluta prevista en el artículo 19 del Código Penal. Es decir, que la expresidenta debe ser despojada de cualquier beneficio, como la jubilación, pensión o retiro, civil o militar.
Esa decisión de la Cámara, según Casal, generó un conflicto institucional al invadir la competencia del juez de ejecución penal.
Con este dictamen, el funcionario avaló el recurso de queja presentado por el fiscal general de la Fiscalía General N°1 de la Seguridad Social, Juan Carlos Paulucci, para que la Corte Suprema intervenga y confirme el rechazo a restituirle la pensión.
Para el representante del MPF, la Corte debería apartarse de su criterio habitual de no intervenir en medidas precautorias no definitivas y declarar la inadmisibilidad de la orden de pago. “Esa condena por corrupción implica la imposibilidad de cobro de pensiones como las que el pronunciamiento apelado ordena pagar”, señaló al respecto.
Permitir que la expresidenta continúe con “el cobro de la asignación mensual vitalicia en su carácter de causahabiente del doctor Néstor Carlos Kirchner, lesiona de manera irremediable el principio de cosa juzgada, que constituye uno de los pilares fundamentales sobre los que se asienta nuestro régimen constitucional”, destacó Casal.
En esa línea, el procurador recordó que la condena penal firme dictada “implica la imposibilidad de cobro de pensiones como las que el pronunciamiento apelado ordena pagar“.
Casal consideró que “resulta jurídicamente incompatible mantener el beneficio de asignación mensual vitalicia a quien ha cometido un delito en ejercicio de la función pública y en perjuicio del Estado, castigado con pena de prisión por más de tres años”.
Fuente: TN

