Condenan a A.F.V. por abuso sexual gravemente ultrajante doblemente agravado, cometido durante la infancia de la víctima en un contexto de extrema vulnerabilidad. El fallo fue dictado por la Cámara Criminal de Chepes.

En la jornada de ayer, la Cámara, dictó sentencia condenatoria con una pena de diez años de prisión de cumplimiento efectivo, a cumplir en el Servicio Penitenciario Provincial.
El hecho juzgado ocurrió desde el año 1999, cuando la víctima, era menor de edad y vivía junto a su familia en condiciones de gran precariedad. Según se acreditó en la causa, el condenado, su padre biológico, aprovechó la convivencia familiar para someterla a agresiones sexuales reiteradas, hechos que generaron profundas secuelas en la salud física y psíquica de la víctima. Tales consecuencias fueron probadas a través de informes psicológicos incorporados al expediente.
En su resolución, el tribunal dispuso además que la víctima reciba un tratamiento terapéutico psicológico gratuito, el cual deberá ser brindado por la Oficina de Salud y Acceso a la Justicia (O.S.A.J.) del Hospital Luis Pasteur de la ciudad de Chepes. Para ello, se ordenó oficiar a los organismos competentes para asegurar su cumplimiento.
Asimismo, las magistradas declararon que el caso se enmarca en un acto de violencia contra la mujer, tal como lo establece la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará”, ratificada por Argentina mediante la ley 24.632, así como la ley nacional 26.485 de protección integral a las mujeres. En consecuencia, el tribunal ordenó remitir copia de la sentencia a la Secretaría de la Mujer, a la Oficina de Género del Tribunal Superior de Justicia y a las áreas provinciales competentes conforme a las leyes N° 5765, 6580 y 7959, a los fines de la toma de razón y eventual intervención.
La sentencia constituye un importante precedente en el abordaje judicial de casos de abuso intrafamiliar en contextos de extrema vulnerabilidad, con perspectiva de género y enfoque integral de derechos.