La jueza Dra. Gisela Flamini, a cargo del Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores Nro. 2 de la Primera Circunscripción Judicial de esta Ciudad Capital, dictó una orden de detención para un progenitor por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

El hecho inicia a raíz de una denuncia por parte de una madre en contra del padre de sus hijos, por motivo de no cumplir con lo ordenado en una sentencia judicial que, obligaba a pagar una cuota alimentaria provisoria del 25% de los ingresos percibido por este progenitor. Esta negativa de cumplir, dejo claramente a los menores en una situación compleja y vulnerable, especialmente de no aportar económicamente en el cuidado de uno de sus hijos con diversidad funcional, quien requiere atención especial y gastos adicionales para su salud, rehabilitación y medicamentos. En el trámite judicial, la denunciante relato que en el año 2022 ella misma debió afrontar un 100% los costos en salud y educación de ambos menores incluyendo tratamientos y terapias.
Finalmente, se presentaron múltiples informes médicos, certificados de discapacidad y comprobantes de gastos relacionados con el bienestar de los menores, donde destaca la gravedad de la situación que le exige a solicitar medidas en carácter urgente para el cumplimiento de las obligaciones por parte del progenitor, que esta notificado de la resolución de fecha del mes de octubre del año 2024. El mismo lleva incumpliendo con sus deberes alimentarios desde el año 2018
En el análisis ante el contexto evidente por la violencia económica de la situación expuesta, la jueza toma como criterio que, de redactar medidas simples como el dictado de una resolución puede ser insuficiente ante el compartimiento del imputado y la negativa en deberes legales, dispuestos por ley y considerado un delito penal. El progenitor ha sido notificado de la resolución con fecha 03 de octubre del año 2024.
Por todo lo presentado, la Magistrada resolvió ordenar la detención del progenitor por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en situación de Violencia de Género. El plazo de la detención será por un plazo de 72 horas corridas en Alcaida de esta Ciudad Capital, debiendo ser notificado que tiene un plazo de 24hs desde su libertad para el cumplimiento a sus deberes alimentarios, caso contrario se dictara una nueva orden de detención.