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Uno por uno, los puntos más importantes del proyecto de Ley de Tierras

La iniciativa, que tuvo más de 15 modificaciones, será debatida el jueves por el Senado y el Gobierno busca la media sanción después de una serie de acuerdos con los bloques aliados.

El Gobierno aceptó nuevas concesiones a los aliados en el proyecto de ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, conocido como Ley de Tierras, en la previa de la sesión prevista en el Senado para este jueves. La administración libertaria busca que la iniciativa obtenga media sanción, después de que el debate se postergara en varias oportunidades.

La periodista Paula Marussich expuso en De Una, por C5N, que el Gobierno cambió el proyecto en busca de que reciba luz verde del Congreso y se refirió a los rechazos: “El dictamen tuvo más de 15 modificaciones. Todo está trabado en el capítulo 3, que es el de extranjerización de las tierras. El Gobierno iba por la desregulación total de la tierra en nuestro país y no ponerle ningún limite o restricción a la venta de tierras. Esto generó un rechazo fuerte”.

Por su parte, Patricia Bullrich mantuvo una serie de reuniones con el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien es el principal impulsor de la iniciativa. Uno de los últimos encuentros ocurrió el 23 de julio en un despacho de la Cámara alta, donde la jefa del bloque de La Libertad Avanza en el Senado destacó tras su finalización: “Participaron gobernadores, senadores de todas las provincias que están cerca y aportan a una mirada constructiva. Creemos que va a salir”.

“La idea original es la misma, que es que un Estado extranjero no pueda comprar un milímetro de tierra argentina. La soberanía está absolutamente resguardada. El concepto de propiedad lo define nuestra constitución. Un extranjero que vive en la Argentina tiene los mismos derechos y responsabilidades que un nacional, es decir que puede comprar tierras, un departamento, una fábrica y puede trabajar”, remarcó en esta línea.

El paso de los días jugó a favor de la oposición, que comenzó a elaborar una estrategia para visibilizar los efectos de la extranjerización de la tierra, al tiempo que comenzaron a organizarse movilizaciones al Congreso para el día de su tratamiento. De hecho, organizaciones sociales, ambientales, eclesiásticas y sindicales marcharán el jueves para rechazar la iniciativa.

Por lo pronto, la última sesión en el Senado en la que se puso sobre la mesa el proyecto de Inviolabilidad Privada se produjo el 16 de julio. En aquel entonces, Bullrich solicitó un cuarto intermedio hasta este jueves, por lo que fue la cuarta vez que la iniciativa no fue discutida en el recinto.

Los puntos más importantes del proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada

  • Eleva el tope a la prohibición para la adquisición de tierras rurales por parte de personas humanas o jurídicas, de nacionalidad extranjera del 15% al 25% en el territorio de cada provincia.
  • Ratifica que “la adquisición de inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad de frontera por extranjeros deberá contar con la autorización de la provincia y del Poder Ejecutivo Nacional”.
  • La indemnización por lucro cesante podrá exceder al equivalente del 30% del valor del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior. El valor del bien expropiado deberá determinarse a la fecha inmediatamente anterior a cualquier acto o hecho administrativo o legislativo, medida o anuncio público fehaciente vinculado con la expropiación. El monto determinado será actualizado conforme a la inflación, con más una tasa de interés nominal anual para plazo fijo tradicional del Banco de la Nación Argentina, devengada desde la mora hasta el momento del efectivo pago.
  • Cada provincia conservará la jurisdicción plena sobre el territorio comprendido dentro de sus respectivos límites y ejercen el dominio originario de los recursos naturales existentes en sus respectivos territorios de conformidad con los arts. 121 y 124 de la Constitución Nacional. En ejercicio de sus competencias no delegadas, cada provincia podrá establecer la normativa aplicable a tal efecto.
  • Los extranjeros gozan de los derechos reconocidos por el art. 20 de la Constitución Nacional. Las únicas restricciones para la adquisición del dominio de tierras rurales serán la prohibición para la adquisición de tierras rurales por parte de los Estados Extranjeros, la prohibición para la adquisición de tierras rurales por parte de personas jurídicas, cualquiera sea su naturaleza jurídica o denominación, así como de agrupaciones de colaboración, uniones transitorias de empresas y demás vínculos asociativos, todos ellos con participación estatal extranjera directa o indirecta, salvo autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y del Poder Ejecutivo. El Poder Ejecutivo no podrá delegar esta potestad de autorización en un funcionario con rango menor a Secretario de Estado.
  • Toda adquisición de tierras rurales por parte de personas humanas o jurídicas extranjeras deberá ser inscripta en el registro inmobiliario de cada provincia consignando en un asiento especial los datos y la nacionalidad del adquirente. En el caso de las empresas con participación estatal extranjera debe adjuntarse la autorización de la provincia donde se encuentre ubicado el inmueble y la del Poder Ejecutivo.
  • La adquisición de inmuebles rurales ubicados en zonas de seguridad de frontera por extranjeros deberá ser autorizado por la provincia y del Gobierno nacional. El Poder Ejecutivo comprenderá en las materias no delegadas, sobre seguridad nacional, objetivos estratégicos y defensa nacional.
  • Incorpora un mecanismo de restitución anticipada de inmuebles que agiliza los desalojos antes de que exista una sentencia definitiva.
  • Reforma la Ley de Manejo del Fuego al eliminar las restricciones que impiden cambiar el destino de tierras afectadas por incendios

Fuente: C5N

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